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Artículo 91.-
Al
aproximarse a cualquier rotonda, los conductores deben proceder
según las siguientes disposiciones:
a) El vehículo que
viaje dentro de una rotonda tiene prioridad de paso sobre el que se
dispone a entrar.
b) Dentro de una
rotonda, la velocidad máxima permitida es de treinta kilómetros por
hora.
c) El vehículo que va
a ingresar a la rotonda debe ceder el paso al que circula dentro;
por lo cual respetará la señal de "ceda", se detendrá completamente,
si es necesario, en la línea de parada correspondiente a su carril .
Asimismo, a la rotonda se ingresará sólo cuando la separación entre
los vehículos que circulen dentro de ella, permita una maniobra
segura.
ch) Para ingresar a
la rotonda, cada vehículo se ubicará en el respectivo carril de
acceso, lo que dependerá de la localización de la salida a la cual
se dirija, según se indica a continuación:
1. Si se va a abandonar la rotonda por la primera
salida, el vehículo se debe ubicar en el carril externo (derecho)
del acceso. Para realizar la maniobra de abandono, se debe encender
la luz direccional derecha y utilizar el carril derecho de la
salida.
2. Si se va a
abandonar la rotonda por la segunda salida, el vehículo se puede
ubicar en cualquiera de los dos carriles derechos de acceso.
Mientras se circule dentro de la rotonda, el vehículo debe
mantenerse en el carril elegido y conservar la luz direccional
izquierda encendida. Para realizar la maniobra de abandono, se debe
encender la luz direccional derecha y usar el carril de salida
correspondiente al utilizado para circular dentro de la rotonda.
3. Si se va a abandonar la rotonda por la tercera
salida o por otra salida posterior, el vehículo se debe ubicar en el
carril interno (izquierdo) de acceso. Mientras se esté dentro de la
rotonda, se circulará por su carril interno, con la luz direccional
izquierda encendida. Para realizar la maniobra de abandono, se debe
encender la luz direccional derecha y utilizar el carril izquierdo
de salida.
d) Para la ubicación
de los vehículos en los carriles de acceso, el señalamiento vertical
establecido por la Dirección General de Ingeniería de Tránsito
prevalece sobre estas reglas. La señal que rige es de fondo verde
con dibujos en blanco y en su parte inferior, en recuadro amarillo,
se indica la ubicación que se debe respetar.
e) No se permite
cambiar de carril dentro de la rotonda, excepto en las maniobras de
entrada y de salida.
f) No se permite
rebasar a otro vehículo dentro de la rotonda.
g) Aun en los casos en que el diseño geométrico de la
rotonda facilite maniobrar, de forma expedita, hacia la primera
salida, es obligatorio para los vehículos que deseen ingresar a la
rotonda, respetar la señal de "ceda" y dar el paso prioritario a los
vehículos que circulen dentro. |